En el caso de mujeres casadas con un ciudadano italiano, existen dos posibilidades:
1. La mujer extranjera casada con un ciudadano italiano antes del 27 de abril de 1983 adquiere la ciudadanía italiana automáticamente.
2. Después del 27 de abril de 1983, no existe ninguna forma de adquisición automática de ciudadanía. La persona que se casa con un ciudadano italiano puede solicitar la adquisición de la ciudadanía por naturalización si la solicita:
· Después de tres años de matrimonio en caso de residencia en el exterior. · Después de seis meses si reside en Italia.
En el caso de los hombres casados con una ciudadana italiana, no existe ninguna forma de adquirir la ciudadanía automáticamente. Aunque sí le corresponde solicitar la adquisición de la misma, luego de haber transcurrido tres años de matrimonio si residen en el exterior o seis meses si residen en Italia.
Para saber qué documentación es necesaria para realizar el trámite de ciudadanía, lea las siguientes secciones de acuerdo a quién sea su ascendente italiano.
Sede Central Parana 1097 8º C Capital Federal (+54-11) 5218-5763 (+54-11) 5218-5764
Sede Mar del Plata 25 de mayo 4096 Mar del Plata (0223) 493-0238
Sede Los Ángeles 10354 Whilshire Blvd. Los Ángeles, EE.UU. 310.273.8248
Sede Miami The Falls 8486 SW Terrace Tuscany Estates Miami, EE.UU. 535.582.3405